El Ministerio de Trabajo emitió una resolución en la que deja claro que, si un trabajador contrae coronavirus dentro de su jornada, esto no constituirá a un accidente laboral. Varios gremios, principalmente los médicos, rechazaron la medida alegando que su trabajo los expone constantemente a los contagios. De tal modo que la Defensoría del Pueblo exhortó al Gobierno Nacional a dejar sin efecto dicha resolución ministerial.
El presidente de la Federación Médica del Ecuador, Santiago Carrasco, rechazó la resolución ante la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional. Luego de unas horas, el ministerio laboral estableció una nueva excepción “en casos en los que se pudiera establecer de forma científica un vínculo directo entre las exposición a agentes biológicos que resulte de actividades laborales contraída por el trabajador”.
La excepción rige para personas que, por la naturaleza de su trabajo, se exponen a agentes biológicos que contienen el virus, por ejemplo, personal de salud. Sin embargo, la Resolución del Ministerio de Trabajo impedirá reclamaciones al resto de trabajadores si se contagia del coronavirus al dejar la cuarentena para reintegrarse a la jornada laboral presencial, suspendida desde el 17 de marzo del 2020, o si se infecta al realizar actividades consideradas vitales en medio de la pandemia: alimentación, seguridad, etc.
Fuente: Vistazo, 1er Impacto